{"id":481,"date":"2020-03-20T20:38:22","date_gmt":"2020-03-21T02:38:22","guid":{"rendered":"https:\/\/arcodisc.com.mx\/?p=481"},"modified":"2020-03-20T20:38:25","modified_gmt":"2020-03-21T02:38:25","slug":"seguimiento-y-evaluacion-del-gasto-federalizado","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/arcodisc.com.mx\/?p=481","title":{"rendered":"Seguimiento y Evaluaci\u00f3n del Gasto Federalizado"},"content":{"rendered":"\n<p><strong>\u00bfQu\u00e9 es el Gasto Federalizado?<\/strong>  \u00a0<\/p>\n\n\n\n<p>El Gasto Federalizado se refiere a los recursos que el Gobierno de la Rep\u00fablica trasfiere a las entidades federativas y municipios por medio de participaciones, aportaciones federales, subsidios y convenios. Representa un componente esencial del gasto p\u00fablico porque comprende la mayor parte de los ingresos que reciben las entidades federativas y los municipios. <\/p>\n\n\n\n<p>El Gasto Federalizado se concibe como una estrategia de coordinaci\u00f3n intergubernamental que permite el logro de objetivos comunes, basada en transferencias de programas y recursos a los gobiernos locales, para la entrega de bienes y servicios p\u00fablicos a la poblaci\u00f3n. A continuaci\u00f3n se muestran los componentes del gasto federalizado:<\/p>\n\n\n\n<div class=\"wp-block-image\"><figure class=\"aligncenter size-large\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"462\" height=\"342\" src=\"https:\/\/arcodisc.com.mx\/wp-content\/uploads\/2020\/03\/Componente-GF.png\" alt=\"\" class=\"wp-image-482\" srcset=\"https:\/\/arcodisc.com.mx\/wp-content\/uploads\/2020\/03\/Componente-GF.png 462w, https:\/\/arcodisc.com.mx\/wp-content\/uploads\/2020\/03\/Componente-GF-300x222.png 300w\" sizes=\"auto, (max-width: 462px) 100vw, 462px\" \/><\/figure><\/div>\n\n\n\n<p><strong>Participaciones: <\/strong>Forman parte del gasto no programable y derivan del Sistema Nacional de Coordinaci\u00f3n Fiscal (SNCF), que es un mecanismo por medio del cual se acuerda el ejercicio de las facultades tributarias entre los distintos niveles de gobierno que componen un Estado, para ordenar de manera arm\u00f3nica tales facultades y las relaciones fiscales entre la Federaci\u00f3n y las entidades federativas.  <\/p>\n\n\n\n<p>Sobre las participaciones, debe destacarse que son recursos que pueden ser ejercidos de manera libre por los estados y municipios, ya que no se transfieren con un prop\u00f3sito u objetivo espec\u00edfico, sino que se establecen a partir de la participaci\u00f3n de sus Haciendas P\u00fablicas en los ingresos federales. Por esta raz\u00f3n, la transparencia del ejercicio de las participaciones est\u00e1 a cargo de cada Entidad Federativa. Para ello, el SNCF establece la distribuci\u00f3n de las participaciones entre las entidades federativas, fija las reglas de colaboraci\u00f3n administrativa entre las diversas autoridades fiscales, constituye los organismos en materia de coordinaci\u00f3n fiscal y sienta las bases de su organizaci\u00f3n y funcionamiento <\/p>\n\n\n\n<p><strong>Aportaciones<\/strong>: Son los recursos que se han descentralizado a los estados y municipios para solventar prioridades en materia de educaci\u00f3n, salud, infraestructura social, seguridad p\u00fablica y el fortalecimiento financiero de las entidades federativas y de los municipios. \u00c9stas forman parte del gasto programable, pues tienen definido un destino espec\u00edfico. Su trasferencia est\u00e1 condicionada a resolver las problem\u00e1ticas que se deriven de tales necesidades; lo anterior bajo la premisa de que los gobiernos locales son los que tienen mayor cercan\u00eda a la poblaci\u00f3n con carencias en los rubros mencionados, por lo que se debe dotar de recursos p\u00fablicos que propicien acciones tendientes a resolverlas. Las aportaciones est\u00e1n reguladas por la Ley de Coordinaci\u00f3n Fiscal (LCF). De acuerdo con el art\u00edculo 49 de dicha Ley, las aportaciones federales son administradas y ejercidas por los gobiernos locales conforme a sus propias leyes, y son registradas como ingresos que deben ser destinados a los prop\u00f3sitos que la misma LCF prev\u00e9. Asimismo, el art\u00edculo 25 de la LCF, se\u00f1ala que las aportaciones federales son un recurso que la Federaci\u00f3n transfiere a las Haciendas P\u00fablicas de los estados, municipios y Demarcaciones Territoriales de la Ciudad de M\u00e9xico (DTCDMX). Por esta raz\u00f3n, la transparencia en el ejercicio de las aportaciones est\u00e1 a cargo de la Federaci\u00f3n y de cada Entidad Federativa.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Convenios<\/strong>: Los <strong>Convenios de descentralizaci\u00f3n<\/strong> son acuerdos que las dependencias del Gobierno Federal firman con las entidades federativas para transferir recursos presupuestales que son susceptibles de ser federalizados, con el prop\u00f3sito de concertar la descentralizaci\u00f3n de acciones federales, mediante la colaboraci\u00f3n y coordinaci\u00f3n de ambas instancias de gobierno. Por su parte, los <strong>Convenios de reasignaci\u00f3n<\/strong> son acuerdos que las dependencias del Gobierno Federal firman con las entidades federativas con el prop\u00f3sito de reasignarles recursos de las dependencias y entidades p\u00fablicas, para el cumplimiento de diversos objetivos de los programas federales. <\/p>\n\n\n\n<p><strong>Subsidio<\/strong>: subsidios incluyen recursos que son entregados a las entidades federativas y municipios a trav\u00e9s de diversos ramos de la Administraci\u00f3n P\u00fablica Centralizada. Estos se destinan para apoyar el desarrollo conforme a lo establecido en las disposiciones jur\u00eddicas aplicables y se ejercen de acuerdo a lo se\u00f1alado en el Presupuesto de Egresos de la Federaci\u00f3n (PEF) de cada a\u00f1o. Particularmente, en la categor\u00eda de otros subsidios, es en la que se aprueban en el PEF transferencias que se asignan a las entidades federativas y municipios a trav\u00e9s del Ramo 23 Provisiones Salariales y Econ\u00f3micas, destinados principalmente al fortalecimiento del desarrollo regional y municipal mediante programas y proyectos de infraestructura f\u00edsica.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Informe sobre el ejercicio,\ndestino y resultados de los recursos federales transferidos<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, se ha buscado consolidar la transparencia presupuestaria y la rendici\u00f3n de cuentas en materia de gasto federalizado.  El art\u00edculo 73\u00b0 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) implic\u00f3 nuevas facultades del Congreso para expedir leyes en materia de contabilidad gubernamental. Asimismo, se adicion\u00f3 al art\u00edculo 134\u00b0 un p\u00e1rrafo en el cual se establece que tanto la Federaci\u00f3n, como las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de M\u00e9xico (DTCDMX) deber\u00e1n administrar con <strong>eficiencia, eficacia, econom\u00eda, transparencia y honradez<\/strong> los recursos de los que dispongan. Asimismo, la Ley General de Contabilidad Gubernamental que busca armonizar la forma en c\u00f3mo se lleva a cabo la contabilidad al interior del gobierno, de tal forma que la informaci\u00f3n que se presente se encuentre homologada con base en criterios espec\u00edficos, como, por ejemplo, aquellos que se establecen en la clasificaci\u00f3n por objeto del gasto. En el marco del Sistema  de Evaluaci\u00f3n del Desempe\u00f1o (SED), con la finalidad de medir el desempe\u00f1o de los recursos que se transfieren a las entidades federativas, municipios y DTCDMX, el art\u00edculo 85 de la LFPRH establece que: Las entidades federativas enviar\u00e1n al Ejecutivo Federal, de conformidad con los lineamientos y mediante el sistema de informaci\u00f3n establecido para tal fin por la Secretar\u00eda, informes sobre el ejercicio, destino y los resultados obtenidos, respecto de los recursos federales que les sean transferidos.\u201d <\/p>\n\n\n\n<p>Asimismo, en los art\u00edculos 68,\n71, 72 y 80 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG) y 48 de la\nLCF, la SHCP public\u00f3 en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n los \u201cLineamientos\npara informar sobre los recursos federales transferidos a las entidades\nfederativas, municipios y demarcaciones territoriales del Distrito Federal, y\nde operaci\u00f3n de los recursos del Ramo General 33\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>En este sentido, la Fracci\u00f3n II\ndel art\u00edculo 85 de la LFPRH indica que \u201clas entidades federativas y, por\nconducto de \u00e9stas, los municipios y las demarcaciones territoriales de la\nCiudad de M\u00e9xico, remitir\u00e1n al Ejecutivo Federal la informaci\u00f3n consolidada a\nm\u00e1s tardar a los 20 d\u00edas naturales posteriores a la terminaci\u00f3n de cada\ntrimestre del ejercicio fiscal.<\/p>\n\n\n\n<p>Es por ello que se crea el SRFT con el objetivo de hacer m\u00e1s eficiente el reporte de la informaci\u00f3n por parte de los gobiernos locales y su revisi\u00f3n por parte de los revisores estatales y las dependencias federales.<\/p>\n\n\n\n<p>Los reportes integrados a trav\u00e9s\ndel SRFT, son un componente de los informes sobre la ejecuci\u00f3n del Presupuesto\nde Egresos (Informes sobre la Situaci\u00f3n Econ\u00f3mica, las Finanzas P\u00fablicas y la\nDeuda P\u00fablica), con los cuales se da cumplimiento a lo dispuesto en el art\u00edculo\n107\u00b0 de la LFPRH. Estos informes son entregados por el Ejecutivo Federal al\nCongreso de la Uni\u00f3n de manera trimestral. Al mismo tiempo, se pone a disposici\u00f3n\ndel p\u00fablico a trav\u00e9s de medios como el Portal de Transparencia Presupuestaria\nen un lapso de dos a tres semanas.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>\u00bfQu\u00e9 es el Gasto Federalizado? \u00a0 El Gasto Federalizado se refiere a los recursos que el Gobierno de la Rep\u00fablica trasfiere a las entidades federativas y municipios por medio de participaciones, aportaciones federales, subsidios y convenios. Representa un componente esencial del gasto p\u00fablico porque comprende la mayor parte de los ingresos que reciben las entidades [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":501,"comment_status":"open","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_jetpack_memberships_contains_paid_content":false,"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[34,35,32,33,37,36],"class_list":["post-481","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-arco-grp","tag-aportaciones","tag-convenios","tag-gasto-federalizado","tag-participaciones","tag-srft","tag-subsidios"],"jetpack_featured_media_url":"https:\/\/arcodisc.com.mx\/wp-content\/uploads\/2020\/03\/Componente-GF-13.png","jetpack-related-posts":[],"jetpack_sharing_enabled":true,"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/arcodisc.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/481","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/arcodisc.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/arcodisc.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/arcodisc.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/arcodisc.com.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=481"}],"version-history":[{"count":4,"href":"https:\/\/arcodisc.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/481\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":503,"href":"https:\/\/arcodisc.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/481\/revisions\/503"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/arcodisc.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/501"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/arcodisc.com.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=481"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/arcodisc.com.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=481"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/arcodisc.com.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=481"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}